Sentencia N° 569 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de octubre de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 569, Exp. C25-520, 03/10/2025
ExpedienteC25-520
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-10-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos por los defensores de varios ciudadanos condenados por delitos relacionados con terrorismo y delincuencia organizada. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisión de tales recursos. Se destaca que los acusados habían sido condenados a penas significativas por delitos graves como traición a la patria y rebelión.
Extracto de la motiva
motivado, considerando que no dio respuesta por separado en lo que respecta a IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 103 de 112 los motivos recursivos alegados de falta de motivación de la recurrida y violación de la ley por inobservancia formuladas por los recurrentes en resguardo del derecho de la doble jurisdicción que asiste a los acusados de marras; de tal forma que se vislumbra una violación flagrante a la tutela judicial efectiva, derecho a la defensa, debido proceso y al derecho de obtener una decisión fundada en derecho por el juez. A tenor de las consideraciones antes esgrimidas a priori, se fundamenta este instituto judicial extraordinario; por cuanto se constata del fallo dictado por dicha alzada que carece de suficientes razonamientos dados de forma lógica, coherente, racional y en apego a derecho; ya que indica lo siguiente en el veredicto: (…) Luego de la transcripción de los extractos del pronunciamiento dictado por el órgano judicial superior precitado considera esta defensa que no se ajusta a las exigencias legales y constitucionales, tomando en cuenta que el tribunal ad quem en su fallo no explicó de manera racional, razonada y debidamente fundado en derecho, los motivos que permitieron ratificar plenamente la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Función de Juicio con Competencia Nacional para conocer y decidir sobre Delitos vinculados al Terrorismo, Corrupción y Delincuencia Organizada; al no desglosar y detallar de un modo individual las causales recursivas alegadas por la defensa técnica penal que asiste a los ciudadanos MIGUEL SALAZAR POLANCO, RAFAEL ANTONIO VILLAFRANCA LOPEZ Y ONEIVER JOSE PAREDES, cuya consecuencia jurídica radica en la violación flagrante al mandato constitucional y legal atinente a la motivación de las decisiones judiciales tanto en lo que respecta a los autos como a las sentencias, al respecto se puede puntualizar sobre la obligación jurisdiccional atribu
Dispositiva
Se declaran SIN LUGAR LAS NULIDADES Y EXCEPCIONES opuestas a favor de los acusados ROBERTO BRACHO COY, MIGUEL SALAZAR POLANCO, ANDERSON DANIEL FARNETANO YAMBOS, FERNANDO JAVIER BETANCOURT, YSAY RAFAEL GARCÍA ESCOBAR, JUAN FRANCISCO ANTONIO MENDOZA, ROY ROYDERMAN MACHADO RAMÍREZ, JHON HADER BETANCOURT RESTREPO, RAMÓN ALÍ PEÑALVER VÁSQUEZ, HENRY JOSÉ CASTILLO GUEVARA, RAFAEL ANTONIO VILLAFRANCA LÓPEZ y ONEIVER JOSÉ PAREDES.
Palabras clave
casaciónterrorismodelincuencia organizadatraición a la patriarebelión