Sentencia N° 564 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de octubre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 564, Exp. C07-0342, 18/10/2007
ExpedienteC07-0342
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-10-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por la defensa de tres acusados condenados por homicidio intencional y ocultamiento de arma de fuego. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la impugnación ante el Tribunal Supremo de Justicia. La Sala de Casación Penal, al revisar el caso, encontró que la Corte de Apelaciones no resolvió todas las denuncias presentadas por la defensa, lo que constituye un vicio procesal.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: En la denuncia presentada, la defensa de los acusados atribuye a la recurrida el vicio de falta de aplicación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber incurrido en el vicio de inmotivación por falta de resolución de la totalidad de las denuncias contenidas en el recurso de apelación, señalando que tan sólo dio respuesta a la primera y tercera denuncias de dicho recurso. A fin de constatar el vicio denunciado la Sala transcribe parte de la recurrida. ‘FUNDAMENTOS DEL RECURRENTE Fundamenta el recurrente el recurso de apelación en los numerales 2 y 4 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En primer lugar, alega el recurrente que el A quo, en la decisión dictada y publicada en fecha 3 de octubre de 2006, incurrió en la violación de la ley por inobservancia de una norma jurídica, específicamente lo contemplado en el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que el Juzgado Tercero de Juicio negó la admisión e incorporación de los testimonios de los ciudadanos Alexander Mago y Eleanny Carolina Rondón, testimonios que surgen de las declaraciones de la ciudadana Ingrid Catalina Astudillo, la cual se refería a hechos y circunstancias nuevas. En segundo lugar, con fundamento en el primer supuesto del numeral 4 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, denuncia la violación de la ley por inobservancia de una norma jurídica, en el caso particular del contenido del artículo 22 ejusdem, en razón de que el Tribunal A quo, acreditó las declaraciones de los funcionarios actuantes, de la detención de cinco ciudadanos quienes se encontraban realizando una excavación para sepultar un cadáver con más de diez días de descomposición y los mismos no tenían protección alguna. El recurrente estima que la decisión resulta ser arbitraria, ilógica en su valoración y contraria a los cánones de la experiencia común de las personas y en razón a esto no debe ser excluida del control legal, pues se trata de una decisión que da por cierto un hecho, que contradice la lógica y la experiencia.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública a favor de los ciudadanos ALEXIS JOSE MAGO SALAZAR, JHOAN MANUEL MAGO SALAZAR y GILBERTO ANTONIO RONDÓN RODRIGUEZ, ANULA la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Estado Sucre en fecha 22 de febrero de 2007 y ORDENA remitir los autos al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a fin de que constituya una Sala Especial que conozca y resuelva el recurso de apelación interpuesto.
Palabras clave
homicidio intencionalocultamiento de armacasación penalderechos procesalesvicios procesalessentenciarecurso de apelación