Sentencia N° 564 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de diciembre de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 564, Exp. C06-0349, 14/12/2006
ExpedienteC06-0349
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-12-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de diciembre de 2006, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Daniel Alfonso Palma, anulando la decisión de la Corte de Apelaciones que había modificado la pena impuesta por homicidio calificado y porte ilícito de arma de fuego. La Sala encontró que el fallo recurrido carecía de motivación adecuada, lo que vulneraba el derecho a un debido proceso. Se ordenó remitir el expediente a otra sala de la Corte de Apelaciones para que conociera del caso, prescindiendo del vicio que dio lugar a la nulidad.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: La impugnante en la presente denuncia alega que la recurrida no resolvió la primera denuncia planteada en el recurso de apelación, referida a que el sentenciador de primera instancia no determinó precisa y circunstanciadamente los hechos que estimó acreditados (violación del art. 364, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal). Al respecto, el sentenciador de la recurrida expresó lo siguiente: '…Del análisis decisión cuestionada, se advierte que la misma no adolece del vicio alegado por la Defensa y fundamentado en el ordinal 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el a-quo, al momento de emitir su pronunciamiento, señaló los elementos que criterio demostraban la comisión del delito de Homicidio Calificado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 408 ordinal 3°, literal “a” y 278, respectivamente del Código Penal, así como los elementos de culpabilidad en contra acusado DANIEL ALFONSO PALMA…
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la Defensora del ciudadano acusado DANIEL ALFONSO PALMA. ANULA la decisión dictada el 18 de abril de 2006, por la Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y ORDENA remitir el presente expediente a la Presidencia del mencionado Circuito Judicial Penal, para que previa distribución remita el expediente a otra Sala de la Corte de Apelaciones para que conozca de la presente causa, prescindiendo del vicio que dio lugar a la presente nulidad.
Palabras clave
homicidio calificadoporte ilícito de armarecurso de casacióndebido procesomotivación de fallosderechos del justiciableCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penal