Sentencia N° 563 — Sala de Casación Penal del TSJ, 27 de septiembre de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 563, Exp. C05-0344, 27/09/2005
ExpedienteC05-0344
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-09-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de José Gregorio Díaz Varela, quien fue acusado de porte ilícito de arma blanca. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado Primero de Control que decretó la aplicación del procedimiento abreviado. La Sala concluye que la decisión de la Corte de Apelaciones está ajustada a derecho y que el recurso de casación no es procedente en este caso.
Extracto de la motiva
El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 459, señala que son recurribles en casación las sentencias de las Cortes de Apelaciones: 1) que resuelvan sobre la apelación y no ordenen la realización de un nuevo juicio oral, cuando haya pedido el Ministerio Público en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años; 2) que condenen a penas superiores a esos límites, cuando el Ministerio Público o el acusador particular o acusador privado hayan pedido la aplicación de penas inferiores a las señaladas; y 3) que confirmen o declaren la terminación del juicio o hagan imposible su continuación. Conforme a lo establecido en el citado artículo 459, el recurso de casación no es el medio para impugnar los autos que resuelvan cualquier incidencia y cuando tales autos no pongan fin al proceso ni impidan su continuación. En consecuencia, la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Control, que decretó la aplicación del procedimiento abreviado y ordenó remitir el expediente a un tribunal unipersonal para la celebración del juicio oral y público contra el ciudadano José Gregorio Díaz Varela está ajustada a derecho y no es recurrible en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la defensa del ciudadano José Gregorio Díaz Varela. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
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