Sentencia N° 559 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de noviembre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 559, Exp. E02-0325, 29/11/2002
ExpedienteE02-0325
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2002-11-29
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de extradición del ciudadano italiano Salvatore Mazzeo, quien se encuentra cumpliendo una pena de 10 años de prisión en Venezuela por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La decisión se fundamenta en el principio penal 'ne bis in idem', dado que Mazzeo ya ha sido procesado y condenado en el país por los mismos hechos que motivan la solicitud de extradición.

Extracto de la motiva

Conforme al artículo 6 del Código Penal, la extradición de un extranjero no procede: por delitos políticos y sus conexos. Por hechos que en Venezuela no estén calificados como delitos. Cuando la pena asignada al delito por la legislación del país requirente, sea de muerte o perpetua. Y el artículo 391 del Código Orgánico Procesal Penal establece que 'la extradición se rige por las normas de este título, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República'. La presente solicitud de extradición pasiva, es presentada por la Embajada de Italia de conformidad con lo dispuesto en el Tratado de Extradición y de Asistencia Judicial en materia penal, suscrito en Caracas, el 23 de agosto de 1930, dicho tratado en su artículo 6 considera que: 'Si la persona cuya extradición se pide estuviere en el caso de ser sometida a procedimiento penal o estuviere ya detenida, por otro delito cometido en el Estado en que se encuentre, su entrega puede diferirse hasta que el procedimiento haya terminado, y, en caso de condena, hasta el completo cumplimiento de la pena.'

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano italiano SALVATORE MAZZEO, quien se encuentra detenido en la cárcel de Lagunillas - Estado Mérida a cargo del Tribunal 1º de Ejecución de Maiquetía – Estado Vargas. Notifíquese a las partes de esta decisión. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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