Sentencia N° 558 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 558, Exp. C24-463, 08/11/2024
ExpedienteC24-463
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-11-08
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOSÉ ÁNGEL ZAMBRANO OROZCO, quien había sido condenado a seis años de prisión por forjamiento de documento. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos legales para la interposición del recurso. Además, se ratificó el sobreseimiento de otros ciudadanos involucrados en el caso por el delito de invasión y se absolvió a HERNÁN ENRIQUE VILORIA LAMUS por uso de documento falso.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en relación a lo expuesto, esta Sala considera oportuno puntualizar que en lo atinente a las actuaciones que tienen lugar dentro del proceso penal, las partes gozan de amplias facultades a los efectos de poder ejercer sus derechos, en tal sentido, decisiones como la sentencia número 1104, dictada el 10 de agosto de 2023, por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, ratifica la posibilidad, previa autorización del juez, de usar medios telemáticos, para obtener copias de las actuaciones evidenciadas en el expediente, en tal sentido, se destaca: “...por parte del Tribunal de Control (…) pues se aprecia foto de imágenes de autos de las (…) las cuales fueron obtenidas sin previa autorización por parte del tribunal y sin cumplir las formalidades de ley, como para realizar tal denuncia, verificando una conducta contraria a lo previsto en el artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que, la emisión de las copias de las actas procesales, aun cuando sea en copia simple, deben ser ordenadas y autorizadas por el Tribunal correspondiente, desestimando así, como lo hizo el a quo constitucional, en la presente denuncia…”.
Dispositiva
Se declara desestimado por manifiestamente infundado el anuncio del recurso de casación realizado por los abogados Gizeh María Rodríguez de Hanna, Ricardo Lezama y Jaime Pereira, en contra de la decisión dictada el 3 de julio de 2024, por la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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