Sentencia N° 555 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 555, Exp. C07-0208, 16/10/2007
ExpedienteC07-0208
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-10-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un caso de homicidio calificado en el que un adolescente fue declarado responsable por la muerte de una ciudadana durante un atraco. El Tribunal de Juicio sancionó al adolescente con cuatro años de privación de libertad. La defensa interpuso un recurso de apelación alegando contradicciones en la motivación de la sentencia y la ilogicidad de las pruebas. La Corte Superior declaró sin lugar el recurso de apelación, lo que llevó a la defensa a interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones, tal como lo señaló la recurrente, no resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Defensa y sin un análisis riguroso del fallo recurrido, procedió a declararlo sin lugar, esa situación atenta contra los derechos constitucionales del impugnante en cuanto al Derecho a la tutela judicial efectiva y la garantía del debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se precisa reiterar, que en la oportunidad de la interposición del recurso de apelación a los juzgadores de las Cortes de Apelaciones, que están en la obligación de hacer la revisión previa de lo que se apela y máxime si nos encontramos ante una sentencia definitiva dictada por un tribunal de juicio, ya que es un primer examen del contenido de la decisión, que el recurrente considera que le perjudica o se le causa un gravamen, bien por la forma en que se ha realizado el acto o bien por el contenido del fallo, surgiendo la necesidad de recurrir y es allí cuando el juzgador debe hacer un análisis exhaustivo sobre el tema de la apelación y al decidir sobre el mismo, debe tomar en cuenta todas las circunstancias del juicio impugnadas.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: 1) declara CON LUGAR la primera denuncia del recurso de casación interpuesto por ciudadana abogada JULIA SFORZA RODRÍGUEZ, Defensora Pública Primera del Estado Anzoátegui, del adolescente W.J.C.; 2) ANULA la decisión dictada por la Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, de fecha 23 de febrero de 2007 y ordena la remisión de la causa al ciudadano Presidente de ese mismo circuito judicial, para que, previa distribución, lo envíe a una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Estado Anzoátegui y conozca del recurso de apelación conforme a las normas procesales.

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