Sentencia N° 554 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de octubre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 554, Exp. CC08-367, 23/10/2008
ExpedienteCC08-367
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2008-10-23
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia resolvió un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer y el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal. La decisión se fundamentó en la necesidad de determinar cuál tribunal era competente para conocer de la causa seguida al ciudadano Pedro Agustín Dupouy Medina por presuntos delitos de violencia física y psicológica, así como porte ilícito de arma de fuego y usurpación de funciones públicas.
La Sala concluyó que, dado que el delito de porte ilícito de arma de fuego tiene una pena mayor que los delitos de violencia, corresponde al tribunal con competencia en materia penal ordinaria conocer del caso. Por lo tanto, se declaró competente al Juzgado Cuadragésimo Quinto para continuar con el proceso, ordenando la remisión de las actuaciones a dicho tribunal.
Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, así como la remisión de copia certificada a los juzgados involucrados en el conflicto de competencia.
Extracto de la motiva
La Sala, para resolver el conflicto de competencia planteado, observa: El artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal regula el modo de dirimir la competencia y establece que los conflictos de competencia que se susciten entre tribunales, deberán ser resueltos por “la instancia superior común”, y agrega que “Si no hubiese una instancia superior común conocerá el Tribunal Supremo de Justicia”. Por su parte, el numeral 51 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que: “Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República:… 51. Decidir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior y común a ellos en el orden jerárquico, remitiéndolo a la Sala que sea afín con la materia y naturaleza del asunto debatido…”; y agrega el primer aparte del referido artículo 5: “En los casos previstos en los numerales 47 al 52 su conocimiento corresponderá a la Sala afín con la materia debatida”. En el presente caso, se ha suscitado un conflicto de competencia de no conocer entre dos tribunales de igual jerarquía, uno con competencia en materia penal ordinaria y otro con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer, razón por la cual no existe un tribunal superior común a ellos que resuelva el conflicto planteado. En consecuencia, le compete a la Sala de Casación Penal resolver esta incidencia de acuerdo con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE al Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la causa seguida al ciudadano PEDRO AGUSTÍN DOUPUY MEDINA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, tipificados en los artículos 43 y 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS, sancionados en los artículos 277 y 213, ambos del Código Penal. Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión a los Juzgados Segundo y Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas competentes en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
conflicto de competenciaviolencia contra la mujerporte ilícito de armausurpación de funcionesCódigo Orgánico Procesal PenalLey Orgánica sobre el Derecho de las Mujeresdelitos conexosjurisdicción penal