Sentencia N° 551 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de noviembre de 2024
TSJ/SCP, Sent. N° 551, Exp. E24-363, 07/11/2024
ExpedienteE24-363
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2024-11-07
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano STÉPHANE SPAGNOL, requerido por la República Francesa por delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes. La decisión se basa en la condena impuesta en Francia, donde se le sentenció a nueve años de prisión por múltiples delitos de narcotráfico. La Sala también estableció condiciones para la extradición, garantizando que no se le impongan penas infamantes y que pueda ejercer sus derechos legales en el país requirente.
Extracto de la motiva
NOTIFICAR a la República Francesa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, en relación con el ciudadano STÉPHANE SPAGNOL, de nacionalidad francesa, quien también se identificó como ALEXANDRE STEFANO BARICHELLO, de nacionalidad francesa, con el pasaporte de la República Francesa 17ED92011. Todo lo anterior, conforme con lo establecido en el artículo 387 del Código Orgánico Procesal Penal, con expresa constancia que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano, según lo dispuesto en el artículo 388 eiusdem, así como el artículo XIII del Convenio de Extradición suscrito entre la República Bolivariana de Venezuela y la República Francesa.
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la extradición pasiva del ciudadano STÉPHANE SPAGNOL, de nacionalidad francesa, quien también se identificó como ALEXANDRE STEFANO BARICHELLO, de nacionalidad francesa, con el pasaporte de la República Francesa 17ED92011, solicitada por la República Francesa, a los fines que cumpla la sentencia condenatoria dictada el 26 de marzo de 2014, por el Tribunal Penal de Marsella de la República Francesa, consistente en el cumplimiento de “UNA PENA DE PRISIÓN POR DELITO DE NUEVE AÑOS…”. SEGUNDO: La extradición está supeditada al compromiso por parte de la República Francesa, del cumplimiento de las condiciones siguientes: a) Que el ciudadano STÉPHANE SPAGNOL no se le podrá imponer penas infamantes; b) Que el ciudadano podrá ejercer libremente los recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico del país requirente; c) Que se le reste el tiempo que estuvo detenido en Venezuela.