Sentencia N° 550 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de diciembre de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 550, Exp. C06-0125, 12/12/2006
ExpedienteC06-0125
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-12-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a un recurso de casación, declaró con lugar la denuncia por falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Se anularon las sentencias condenatorias de Mayra Liliana Nieto Martínez y Juan Gabriel Montañéz Suárez, y se confirmó la absolución de Adalberto Montañéz Suárez. La Sala ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un tribunal distinto, debido a los vicios de motivación en las decisiones anteriores.
Extracto de la motiva
La motivación, propia de la función judicial, tiene como norte la interdicción de la arbitrariedad, permite constatar los razonamientos del sentenciador, necesarios para que el acusado y las demás partes, conozcan las razones que le asistan, indispensables para poder ejercer con propiedad los recursos y, en fin, para poder determinar la fidelidad del juez con la ley. Por consiguiente, tiende a la incolumidad de principios fundamentales como el derecho a la defensa, a una sentencia justa e imparcial y a los principios de tutela judicial efectiva. En virtud del vicio en el cual incurrió la sentencia dictada por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la Sala estimó necesario revisar el fallo del Juzgado Primero de Juicio del mencionado Circuito Judicial Penal, dictado en fecha 06 de junio de 2005, el cual condenó al ciudadano Juan Gabriel Montañéz Suárez como facilitador en el delito de transporte de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, al considerar plenamente acreditado que el mencionado acusado es responsable de los hechos que se le imputan basándose, únicamente, en las declaraciones de los testigos.
Dispositiva
1.- declara con lugar la primera denuncia interpuesta por el abogado Omar Ernesto Silva Martínez, defensor de los ciudadanos Mayra Liliana Nieto Martínez y Juan Gabriel Montañéz; 2.- anula la sentencia dictada por Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; 3.- anula la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del citado Circuito Judicial Penal en relación a los condenados Mayra Liliana Nieto Martínez y Juan Gabriel Montañéz y confirma la absolutoria a favor del ciudadano Adalberto Montañéz Suárez; 4.- ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante otro Tribunal de Juicio, distinto al que dictó el fallo anulado en la presente decisión, a los fines de que dicta una nueva sentencia con prescindencia de los vicios de los vicios que dieron lugar a la presente nulidad.
Palabras clave
casacionfalta de motivacionsustancias estupefacientesdelitojuicio oralabsolucioncondena