Sentencia N° 550 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de noviembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 550, Exp. C02-0384, 29/11/2002
ExpedienteC02-0384
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-11-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar declaró sin lugar los recursos de apelación de los defensores de los acusados Miguel Eduardo González Maita y Rico Selis Alfonso Meinhardi, quienes fueron condenados por robo de vehículo automotor y uso indebido de arma de fuego. Posteriormente, se propuso un recurso de casación que fue desestimado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al considerar que no se fundamentó adecuadamente en la normativa vigente al momento de dictarse la sentencia recurrida.
Extracto de la motiva
Las impugnantes fundamentan el recurso de casación en el artículo 444, ordinales 1° y 2° (referidos a los motivos del recurso de apelación) del Código Orgánico Procesal Penal derogado. Ahora bien, habiendo sido dictada la sentencia recurrida en fecha 1° de julio de 2002, momento en el cual se encontraba vigente el Código que actualmente nos rige, han debido fundar el recurso en la normativa vigente. No lo hicieron y ello constituye razón suficiente para desestimar el recurso, por manifiestamente infundado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del citado Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa de los acusados. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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