Sentencia N° 549 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 549, Exp. C11-415, 08/12/2011
ExpedienteC11-415
PonenteELADIO RAMÓN APONTE APONTE
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-12-08
DecisiónDesestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado Jesús Eduardo García Pantoja.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por Jesús Eduardo García Pantoja, quien actuaba como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Estacionamiento El Paraíso C.A. La Sala determinó que el recurrente carecía de la condición de víctima, lo que le impedía ejercer la acción penal. Se destacó que los delitos denunciados afectaban a terceros y que el Ministerio Público era el ente competente para determinar la existencia de los mismos.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el ciudadano abogado Jesús Eduardo García Pantoja, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Estacionamiento El Paraíso C.A., carece de unos de los requisitos de admisibilidad, como lo es la legitimación, es decir que no tiene la condición de víctima. En efecto, la Sala advierte que en el caso de autos, el citado querellante, denunció una serie de hechos e irregularidades cometidas supuestamente por los ciudadanos Joelis Johana Planas Rodríguez, Julio Eduardo González, George José Medina Aguilar y Jesús Antonio Cortez Toledo, donde pudieran estar afectados terceras personas que sí tendrían el carácter de víctimas, como serían los propietarios de los vehículos que presuntamente fueron sustraídos y desvalijados en el mencionado estacionamiento, condición esta que no se acredita el ciudadano abogado Jesús Eduardo García Pantoja, alegando solo su carácter de apoderado judicial de la empresa Estacionamiento El Paraíso C.A; en todo caso será el Ministerio Público como titular de la acción penal (según sus investigaciones), que determinará si estos hechos constituyen o no, los delitos de Hurto y Desvalijamiento de Vehículos Automotor.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley, DESESTIMA, POR INADMISIBLE, el recurso de casación propuesto por el ciudadano abogado Jesús Eduardo García Pantoja.

Palabras clave

recurso de casacióninadmisibilidadCódigo Orgánico Procesal Penaljusticiatribunaldecisión

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