Sentencia N° 548 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de noviembre de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 548, Exp. R02-0399, 29/11/2002
ExpedienteR02-0399
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-11-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por la defensa del acusado David Antonio Delgado Delgado, argumentando que la situación generada por la presencia de víctimas que laboran en el Circuito Judicial Penal podría influir en la imparcialidad del juicio. Sin embargo, la Sala concluyó que no se demostró la existencia de alarma o escándalo público que justificara la radicación solicitada, por lo que se decidió negar la petición de la defensa.

Extracto de la motiva

La Sala, luego de señalar lo dispuesto en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, estableció que no está demostrada la alarma, sensación y escándalo público en el estado Falcón “como consecuencia del proceso cuya radicación se solicita, no existiendo evidencias que reflejen tales circunstancias como capaces de perturbar la recta administración de justicia en el lugar del proceso. En consecuencia, resulta procedente negar la radicación solicitada”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, niega la radicación propuesta por la defensa del ciudadano David Antonio Delgado Delgado.

Palabras clave

radicaciónjuicio penalimparcialidadalarma públicaescándalo públicoCódigo Orgánico Procesal Penaldefensajusticia

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