Sentencia N° 547 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de diciembre de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 547, Exp. E10-402, 14/12/2010
ExpedienteE10-402
PonenteELADIO RAMÓN APONTE APONTE
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2010-12-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Rafej Horacio Maklad Maklad a la República Árabe de Siria, por la presunta comisión del delito de Sustracción y Retención de Niños, Niñas o Adolescentes. La decisión se fundamenta en la existencia de una orden de aprehensión emitida por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, así como en la urgencia de proteger los derechos de los menores involucrados en el caso.
La Sala considera que, aunque no existe un tratado de extradición entre Venezuela y Siria, se invoca el principio de reciprocidad internacional, permitiendo así la solicitud de extradición. Se destaca la importancia de garantizar el interés superior de los niños y la necesidad de su restitución inmediata, evitando situaciones dolorosas y asegurando su bienestar.
Finalmente, se ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional una copia certificada de la decisión, enfatizando la urgencia de la extradición para el retorno de los menores a Venezuela.
Extracto de la motiva
Es evidente que el ciudadano Rafej Horacio Maklad Maklad, planeó todo lo necesario premeditadamente con el fin único de vapulear en lo más profundo a la ciudadana Rosario Barakat, al llevarse a sus hijos con el objetivo de no volver jamás (…) lo que esta claro es el interés del menor que hay que proteger (…) en la que esta su derecho a no ser trasladado o retenido, por cualquier causa, los menores no pueden ser considerados propiedad de sus padres sino que deben ser reconocidos como individuos con derechos y necesidades propias (…) en este caso se manifiesta (…) ser separado de su madre que siempre había estado a su lado. (…) en conclusión, se puede afirmar que esta solicitud de orden de aprehensión, se refiere directamente a la protección de los niños con el objetivo de la restitución inmediata, para que no se produzcan situaciones dolorosas, es por lo que amerita y exige el caso, soluciones especialmente urgentes, aclarándose que no pretende resolver el problema de la atribución del derecho de custodia, sino por el beneficio superior de los niños.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que es procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano Rafej Horacio Maklad Maklad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.853.271, a la República Árabe de Siria. En consecuencia, se ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, una copia certificada de esta decisión. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
extradiciónsustracción de menoresderechos de los niños