Sentencia N° 547 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de octubre de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 547, Exp. C09-237, 29/10/2009
ExpedienteC09-237
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-10-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decidió declarar con lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Freddy Fidel Molina Ayala, defensor de Delia Nicanor Colmenares y Luis Emilio García, quienes habían sido condenados por el delito de secuestro en grado de cooperadores inmediatos. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la presentación del recurso de casación por falta de motivación en la sentencia impugnada. La Sala constató que la Corte de Apelaciones no analizó adecuadamente las pruebas y la participación de cada acusado en los hechos, lo que constituyó un vicio de falta de motivación. En consecuencia, se ordenó remitir la causa al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure para que designe una nueva Sala que decida con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones en fecha, 7 de Abril de 2009, dictó sentencia en la cual resolvió el recurso antes referido. En dicho fallo expresa lo siguiente: “…Esta denuncia la formula el apelante como la falta de motivación de la sentencia, sobre este punto debe ser imprescindible el análisis del contenido de la sentencia la cual el aquo inició su estructura, con la identificación de las partes, los hechos objetos del delito, señaló y citó textualmente todo lo sucedido en el proceso, explica por pasos la etapa de recepción de pruebas y su evacuación, citando las conclusiones de las partes, para luego establecer como primer punto las posiciones contrapuestas de las partes ya que los acusados se declararon inocentes, observando el aquo que las pruebas producidas en el juicio son las que definirán el caso planteado, para en un segundo punto, razona de que la acción delictiva de los acusados aparece demostrada suficientemente de los testimonios, resultados de las experticias, así como de los documentos incorporados en el debate y de seguida inicia su análisis a cada una de las pruebas, las cuales las concatena entre sí, determinando con cada prueba qué hecho quedó demostrado…”.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de Casación interpuesto por el abogado Freddy Fidel Molina Ayala, Defensor de los ciudadanos Delia Nicanor Colmenares y Luis Emilio García, por ello ORDENA remitir la presente causa al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, para que designe una nueva Sala que decida con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la nulidad anterior. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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