Sentencia N° 546 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de noviembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 546, Exp. C02-0453, 29/11/2002
ExpedienteC02-0453
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-11-29
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó el recurso de casación interpuesto por la defensa de JHONNY FRANKLIN SOTO ACOSTA, quien había sido condenado por homicidio intencional calificado. La Sala desestimó el recurso por considerarlo manifiestamente infundado, señalando que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia del recurso. Además, se constató que la Corte de Apelaciones había actuado conforme a derecho al corregir la pena impuesta en primera instancia.
Extracto de la motiva
El recurrente planteó cinco denuncias con apoyo en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal. En primer lugar denunció la violación del artículo 22 del mencionado código y solamente expresó que la recurrida omitió mencionar que las pruebas fueron apreciadas de acuerdo con el sistema de la sana crítica. Al respecto se observa que este alegato es impreciso pues el Defensor no señaló las razones por las que tal omisión de la Corte de Apelaciones altera el resultado del proceso. En segundo lugar adujo la violación del artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal y señaló lo siguiente: “La Corte de Apelaciones Sala N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, no cita ni menciona cuáles fueron los hechos que cometió mi defendido (...) y que ella tomó como base para calificar la acción investigada...”. Se advierte que el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, denunciado como violado por el recurrente, contempla los motivos que hacen procedente el recurso de casación y tal disposición no puede ser infringida por los jueces de instancia. Por otra parte la Sala deja constancia de que la Corte de Apelaciones no cometió el vicio imputado puesto que los hechos establecidos en esta causa y su calificación aparecen en la sentencia de primera instancia.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado NELSON DE JESÚS MONTIEL SOSA, Defensor del ciudadano JHONNY FRANKLIN SOTO ACOSTA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.