Sentencia N° 54 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de febrero de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 054, Exp. C17-037, 23/02/2017
ExpedienteC17-037
PonenteDoctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 23 de febrero de 2017, desestimó el recurso de casación interpuesto por los abogados de Alirio Antonio Pérez Pérez, quien había sido condenado a 14 años de prisión por homicidio intencional. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación presentado por la defensa. La Sala determinó que el recurso de casación no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que no se indicaron las disposiciones legales presuntamente violadas ni se argumentaron adecuadamente los motivos de impugnación.
Extracto de la motiva
Que “… podemos decir con certeza, que no[s] encontramos con una acentuada carencia de la explicación debida a las partes, para fusionar el hecho en el derecho, y ente punto apreciamos que no existe una sindéresis adecuada al caso sometido a decisión, toda vez, que se limita a una apreciación personal de la juzgadora…”. Que “… el sentenciador de [p]rimera y [s]egunda instancia no analiza[n], ni señala[n] cuales son los elementos de pruebas y los elementos que sirven de fundamento para desechar que el hecho no ocurrió en ocasión de la figura de la legítima defensa ni tampoco señala por que (sic) los hechos no ocurrieron con ocasión de una riña cuando todos los testigos son contestes que hubo una pelea…”. Que “… [e]n la Apelación de la Sentencia denunciamos: De conformidad con el artículo 444 Numeral 2do (sic) del Código Orgánico Procesal penal (sic), denunciamos la ilogicidad manifiesta en la poca motivación de la sentencia… ”.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el Recurso de Casación incoado por los abogados Ramón Pérez Linarez y Milton Ramón Tua Mendoza, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 8.819 y 90.257, respectivamente, defensores privados del ciudadano ALIRIO ANTONIO PÉREZ PÉREZ, quien es venezolano y titular de la cédula de identidad número 19.887.541, contra la decisión publicada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara el 20 de septiembre de 2016, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el prenombrado acusado contra la decisión publicada, el 23 de septiembre de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que lo CONDENÓ a cumplir la pena de catorce (14) años de prisión por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal.