Sentencia N° 54 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de febrero de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 054, Exp. 14-14, 18/02/2014
Expediente14-14
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2014-02-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Doctora Yanina Beatriz Karabin de Díaz, se pronunció sobre la solicitud de extradición presentada por la abogada María Esther Linares Camacaro en relación al ciudadano Juan Carlos Yagual Mendoza. La solicitud fue considerada inadmisible debido a que la extradición debe ser solicitada a través de los Estados y no por requerimiento de particulares, conforme a lo establecido en la legislación venezolana y los tratados internacionales aplicables.

Extracto de la motiva

La competencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, para pronunciarse en torno a la procedencia o no de la extradición, está contemplada en el artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone lo siguiente: ‘…Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: 1. Declarar si hay o no lugar para que se solicite o conceda la extradición en los casos que preceptúan los tratados o convenios internacionales o la ley...’. La institución procesal de la extradición tiene por finalidad primordial evitar la impunidad. Por ello, los Estados acuden a este procedimiento (jurídico-administrativo) para que una persona que se encuentre procesada o condenada por un delito conforme a la legislación de un Estado, sea detenida en otro país y devuelta al Estado que lo reclama, a fin de someterlo a juicio o que cumpla la pena impuesta, de acuerdo a lo dispuesto en sus leyes, pactos o convenios internacionales.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud realizada por ciudadana abogada MARÍA ESTHER LINARES CAMACARO, relativa al ‘…procedimiento de Extradición, traslado a Venezuela (País de Naturalización Caracas) para que cumpla el resto de su condena…’ el ciudadano JUAN CARLOS YAGUAL MENDOZA. Publíquese, regístrese. Ofíciese lo conducente y archívese.

Palabras clave

extradicióncompetenciaprocedimientojusticiaderechosleyesinternacional

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