Sentencia N° 54 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de febrero de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 054, Exp. C10-332, 22/02/2011
ExpedienteC10-332
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-02-22
DecisiónAdmisible e Inadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de febrero de 2011, admitió el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOSÉ ERNESTO DÍAZ, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Estado Delta Amacuro, que había anulado parcialmente la condena impuesta. La Sala convocó a una audiencia pública para revisar la pena impuesta. Por otro lado, declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de ROSIBEL JUSBELYS SABINO, argumentando que la decisión de sobreseimiento no era recurrible en casación, ya que no extingue el proceso penal ni impide su continuación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el caso de autos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro anuló parcialmente el fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control, de ese mismo Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró el sobreseimiento de la causa seguida a la ciudadana ROSIBEL JUSBELYS SABINO, y ordenó la realización de una nueva Audiencia Preliminar, dicha decisión no es de las recurribles en casación, por cuanto no extingue el proceso penal ni hace imposible su continuación. Por ello, así las cosas la Sala advierte que lo procedente en el presente caso, es declarar inadmisible el recurso de casación propuesto a favor de la ciudadana acusada ROSIBEL JUSBELYS SABINO. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA ADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por la Defensa del acusado JOSÉ ERNESTO DÍAZ, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro el 4 de agosto de 2010; solo en lo que respecta a la NULIDAD PARCIAL, dictada en contra de la sentencia emanada del Juzgado Tercero en función de Control de ese Circuito Judicial Penal, respecto a la pena impuesta al referido acusado y CONVOCA a una audiencia pública que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta días. SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por la Defensa de la acusada ROSIBEL JUSBELYS SABINO contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro el 4 de agosto de 2010; en lo que respecta a la nulidad del sobreseimiento y la reposición de la causa al estado de celebrar una nueva audiencia preliminar, por cuanto el pronunciamiento contenido en dicha decisión no es de las recurribles en casación, de conformidad con lo previsto en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

recurso de casaciónpenalsobreseimientoadmisibilidad

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