Sentencia N° 539 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de agosto de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 539, Exp. C04-0183, 11/08/2005
ExpedienteC04-0183
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-08-11
DecisiónAnula de oficio
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre un caso de hurto calificado, donde se cuestionó la ejecución de una sentencia dictada por un Juzgado Superior. Se determinó que la sentencia del 20 de abril de 1998 había adquirido firmeza al no haberse interpuesto recurso de casación, lo que obligaba a su ejecución. Sin embargo, se realizaron actuaciones posteriores que no debieron llevarse a cabo, lo que llevó a la Sala a declarar la nulidad de dichas actuaciones.
Extracto de la motiva
De las disposiciones transcritas se evidencia que la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Penal, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 20 de abril de 1998 estaba definitivamente firme pues no fue ejercido en su contra recurso de casación. Ahora bien: una vez que dicho fallo adquirió el carácter de cosa juzgada debió ejecutarse y no ordenarse la notificación de los imputados (tal como sucedió) pues ellos se encontraban a Derecho y según lo establecido en el artículo 44 del Código de Enjuiciamiento Criminal.
Dispositiva
1) ANULA DE OFICIO las actuaciones realizadas con posterioridad a la sentencia del 20 de abril de 1998 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Penal, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. 2) REMITE el expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes para que lo distribuya a un juzgado de ejecución del mismo Circuito Judicial Penal.
Palabras clave
hurto calificadosentencia firmenulidadejecución de sentenciaCódigo PenalCódigo de Enjuiciamiento Criminalrecursos de casaciónderecho procesal