Sentencia N° 537 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de octubre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 537, Exp. C08-372, 16/10/2008
ExpedienteC08-372
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-10-16
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado Freddy Antonio Campos Padrón, quien había sido condenado por el delito de violación. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la impugnación ante el TSJ. La Sala, al analizar el recurso, determinó que el recurrente no cumplió con los requisitos de fundamentación establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a desestimar el recurso por manifiestamente infundado.
Extracto de la motiva
De la lectura que realiza la Sala a la presente denuncia, se evidencia que la misma carece de la debida fundamentación, por cuanto no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 462 de Código Orgánico Procesal Penal. En efecto, el referido artículo establece que el recurso de casación se interpondrá “… mediante escrito fundado en el cual se indicarán, en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, expresando de que modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios…”. (Resaltado de la Sala). En el presente caso, los artículos denunciados como infringidos por el recurrente, se corresponden con el vicio de inmotivación de la sentencia, sin embargo al estudiar el fundamento del recurso, la Sala no logró determinar en que consistió la inmotivación alegada, pues, tal como lo ha establecido la Sala mediante sentencia, las Cortes de Apelaciones, incurren en tal vicio, cuando no señalan los fundamentos de hecho y derecho por los cuales se adopta la sentencia ó cuando omiten la resolución de cualquiera de los alegatos expuestos por el accionante en el recurso de apelación, circunstancias estas que no fueron señaladas por el recurrente en su denuncia, lo que impide a la Sala determinar exactamente el vicio denunciado.
Dispositiva
Por la razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el defensor del acusado FREDDY ANTONIO CAMPOS PADRÓN. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
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