Sentencia N° 535 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 535, Exp. A11-236, 08/12/2011
ExpedienteA11-236
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Roque Ramón Mora Gil, en representación de la Sociedad Mercantil Inversiones Textilera 1147 C.A, en relación a un caso penal contra Levi Nassimi Rimond. La Sala argumenta que no se cumplen las condiciones de admisibilidad requeridas por la ley, ya que no se evidencian graves violaciones al ordenamiento jurídico ni desorden procesal que justifiquen el avocamiento.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal ha sido de criterio reiterado que la institución del avocamiento, no constituye una nueva instancia judicial o administrativa, para emitir un nuevo pronunciamiento a las partes respecto a la resolución de una causa que no le favorezca. Asimismo la figura del avocamiento no constituye un instrumento jurídico para que el Tribunal Supremo de Justicia, conozca de los procesos en los que las pretensiones de los solicitantes, han sido resueltas de manera desfavorable, debido a que se trata de una institución que por mandato legal debe ser ejercida con mucho comedimiento y moderación. En tal sentido, esta Sala mediante decisión No. 501 del 21 de noviembre de 2006, precisó: “...La misma Sala de Casación Penal, ha manifestado su criterio en el sentido siguiente: “...no puede convertirse la figura del avocamiento en una vía para que el Tribunal Supremo de Justicia, conozca de procesos cuyas pretensiones han resultado desfavorables para quien lo solicita, debido a que se trata de una institución que por mandato legal debe ser ejercida con mucho comedimiento y moderación...”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por el profesional del derecho ROQUE RAMÓN MORA GIL, apoderado judicial de la victima SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES TEXTILERA 1147 C.A. Así se decide.

Palabras clave

avocamientocompetenciadebido procesoinadmisionPoder Judicial

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