Sentencia N° 535 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 535, Exp. C10-181, 06/12/2010
ExpedienteC10-181
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-12-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Raúl Gilberto Rosales García, quien había sido condenado por homicidio calificado frustrado y lesiones personales. La defensa alegó errónea interpretación y aplicación de la ley, argumentando que no se demostró la existencia del arma y que la calificación del delito debía ser diferente. Sin embargo, la Sala consideró que la Corte de Apelaciones había actuado correctamente al confirmar la condena, basándose en las pruebas presentadas durante el juicio.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: Por cuanto la primera y segunda denuncia guardan una fundamentación común, la Sala procede a resolverlas conjuntamente. En ambas denuncias el recurrente alega que la Corte de Apelaciones incurrió en los vicios de errónea interpretación e indebida aplicación del artículo 406, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, al declarar sin lugar los planteamientos expuestos en el recurso de apelación, en relación a que se condenó al acusado por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado Frustrado y Lesiones Personales Leves y, de manera incongruente, fue absuelto del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, al no podérsele demostrar la existencia del arma con la cual se produjeron las lesiones a las víctimas. El recurrente considera que en base a las pruebas aportadas al juicio oral, la conducta del acusado ha debido adecuarse al delito de Lesiones Personales Menos Graves y no como la calificó el juzgador de Homicidio Calificado Frustrado. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, al conocer del recurso de apelación propuesto por la defensa, en relación al alegato expuesto, expresó: 'TERCERO: Infracción del numeral 4 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto es de la consideración del recurrente que existe errónea aplicación de norma jurídica, al disentir de la Calificación Jurídica atribuida a los hechos, ya que estima que no se configuran en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION sino en el delito de Lesiones graves y de lesiones leves.'

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado RAÚL GILBERTO ROSALES GARCÍA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

homicidio calificadolesiones personalesrecurso de casaciónCorte de Apelaciones

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