Sentencia N° 534 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de octubre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 534, Exp. A07-0344, 04/10/2007
ExpedienteA07-0344
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2007-10-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada MIRIAM MORANDY MIJARES, se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por la abogada SORELYS BUJANA en representación de ALEXANDER ENRIQUE CONTRERAS RUIZ. La solicitud fue declarada inadmisible, argumentando que no se presentaron las condiciones necesarias para su procedencia, ya que no se evidenciaron violaciones graves al ordenamiento jurídico ni irregularidades que afectaran el derecho a la defensa del solicitante.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ratifica -en el aparte undécimo del artículo 18- ese carácter excepcional del avocamiento, porque lo manda aplicar con suma prudencia y sólo en casos graves o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico, que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana y (además) se hayan desatendido o mal tramitado los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido: está claro, entonces, que esta última circunstancia, es decir, la atinente a los mencionados recursos, debe estar acumulada a las anteriores para que el avocamiento sea procedente.
Dispositiva
Por todas las razones antes expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento propuesta por la ciudadana abogada SORELYS BUJANA en representación del ciudadano ALEXANDER ENRIQUE CONTRERAS RUIZ.
Palabras clave
avocamientoderecho a la defensairregularidades procesalesproceso penaltutela judicial efectivaCódigo Penalretardo procesaljurisdicción