Sentencia N° 533 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de octubre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 533, Exp. C09-292, 22/10/2009
ExpedienteC09-292
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-10-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de octubre de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de JULIO FALCÓN ORELLANA, confirmando la sentencia condenatoria dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. La sentencia original había condenado al acusado a once años y cuatro meses de prisión por el delito de violación, tipificado en el artículo 374 del Código Penal. La defensa alegó vicios en la motivación de la sentencia y la falta de aplicación correcta de la ley, pero la Sala consideró que la Corte de Apelaciones había cumplido con los requisitos de motivación y que los hechos probados justificaban la condena.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Del escrito contentivo del recurso de casación, se evidencia que la defensa denuncia que tanto la Corte de Apelaciones como el Juzgado Segundo Itinerante de Juicio, en relación a la determinación precisa y circunstanciada de los hechos y a pesar de haber valorado el examen médico forense de la experto TAYDEE NAVAS, incurrió en contradicción porque no tomó en cuenta todos los medios probatorios debatidos en el juicio y que en su criterio sí desvirtuaban la responsabilidad penal de su defendido. La Corte de Apelaciones en torno a la presunta contradicción en la motivación de la sentencia por parte del Juzgado de Juicio, señaló lo siguiente: 'Analizado con detenimiento el escrito de apelación de la abogada Carmaris Romero, en su condición de Defensora Pública Penal de esta Circunscripción Judicial, con el carácter de defensora del acusado Julio Falcón Orellana, se observa que su apelación se fundamenta en dos (2) denuncias, la primera, según expone, es la falta de motivación en la que habría incurrido la sentencia, ello en virtud de que no habría cumplido con su deber de fijar de manera clara y circunstanciada los hechos que estimó acreditados.'
Dispositiva
1) Declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada CARMARIS ROMERO, Defensor del ciudadano JULIO FALCÓN ORELLANA, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, el 12 de mayo de 2009. 2) CONFIRMA el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón.
Palabras clave
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