Sentencia N° 531 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de agosto de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 531, Exp. C05-0305, 10/08/2005
ExpedienteC05-0305
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-08-10
DecisiónDesestimado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública de los ciudadanos imputados, argumentando que la impugnante denunció un vicio cometido por el tribunal de juicio, a pesar de que la sentencia recurrida fue dictada por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones. La Sala verificó que la Corte de Apelaciones resolvió el recurso de apelación, dando respuesta a los planteamientos de la defensa.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa que en el presente caso debe desestimarse el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada BEATRIZ PLANEZ DE LA CRUZ pues del escrito que lo contiene se evidencia que la impugnante denunció un supuesto vicio cometido por el tribunal de juicio, pese a que la sentencia contra la cual recurrió es la dictada por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Por otra parte, el Tribunal Supremo de Justicia ha verificado que la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre resolvió el recurso de apelación interpuesto, dando congrua respuesta a los planteamientos que en esa oportunidad fueron invocados por la Defensa de los ciudadanos FRANKLIN JOSÉ PAREJO FEBRES y JOAN JOSÉ PATIÑO PAREJO. En consecuencia, lo procedente y ajustado a Derecho en el presente caso es desestimar por manifiestamente infundado el recurso de casación, según lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara desestimado el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada BEATRIZ PLANEZ DE LA CRUZ, Defensora Pública de los ciudadanos FRANKLIN JOSÉ PAREJO FEBRES y JOAN JOSÉ PATIÑO PAREJO, contra el fallo dictado el 27 de abril de 2005 por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre.

Palabras clave

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