Sentencia N° 530 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de octubre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 530, Exp. E08-295, 15/10/2008
ExpedienteE08-295
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2008-10-15
DecisiónImprocedente por desistimiento
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara improcedente la solicitud de extradición del ciudadano Andrés Esteban Dostal, formulada por el Gobierno de la República de Argentina, debido al desistimiento del mismo. La decisión se basa en la extinción de la acción penal por prescripción, lo que implica que no interesa la detención del ciudadano requerido. La sentencia se fundamenta en la normativa aplicable y en la falta de interés del Estado requirente en continuar con el proceso de extradición.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: De lo expuesto se concluye que al gobierno de la República de Argentina como Estado requirente no interesa la detención del ciudadano Andrés Esteban Dostal y consecuentemente su extradición. En consecuencia se declara tal desistimiento. Así se decide.
Dispositiva
DECLARA IMPROCEDENTE POR DESISTIMIENTO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA, LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano ANDRÉS ESTEBAN DOSTAL, nacido el 7 de agosto de 1938 en Varsovia, Polonia, nacionalizado argentino, titular de la cédula expedida por la Policía Federal Argentina N° 3.014.930 y quien habría obtenido la nacionalidad venezolana según Gaceta Oficial N° 4472 del 1 de octubre de 1992, siendo titular de la cédula de identidad V-15.832.883.