Sentencia N° 528 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2006
TSJ/SCP, Sent. N° 528, Exp. C06-0464, 28/11/2006
ExpedienteC06-0464
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-11-08
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por Darío Segundo Echeto Ochoa contra un fallo de la Corte de Apelaciones que desestimó su denuncia por encubrimiento contra la Fiscal Cuarta del Ministerio Público del Estado Zulia. La Sala de Casación Penal, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, determinó que la denuncia carecía de fundamento y lógica, considerando que no se evidenció la existencia de un hecho punible que afectara al denunciante. En consecuencia, se desestimó el recurso por ser manifiestamente infundado.
Extracto de la motiva
Del recurso interpuesto, se evidencia que el recurrente, en una sola denuncia y con los mismos fundamentos, adujo la violación de diversos preceptos constitucionales y no indicó de manera específica qué disposición procesal o sustantiva consideró infringida por falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación; por el contrario, se refiere de manera genérica a inobservancia e indebida aplicación de los múltiples preceptos constitucionales citados, sin indicar de qué manera fueron presuntamente vulnerados. Al respecto, la Sala de Casación Penal ha establecido reiteradamente que el recurrente al fundamentar el recurso de casación debe expresar de qué manera impugna el fallo, indicar los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios, todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Darío Segundo Echeto Ochoa. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.