Sentencia N° 524 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de julio de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 524, Exp. E15-276, 23/07/2015
ExpedienteE15-276
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-07-23
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de extradición activa de Claudia Ángela Capelletto Molinari, quien fue aprehendida en Italia por la presunta comisión del delito de uso de documento falso. La solicitud fue presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, fundamentándose en la existencia de una orden de aprehensión dictada el 20 de febrero de 2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
La Sala declaró su competencia para conocer la solicitud, afirmando que se cumplían los principios de doble incriminación y mínima gravedad del hecho, así como el principio de no entrega de nacionales. Se destacó que el delito por el cual se solicita la extradición está tipificado tanto en la legislación venezolana como en la italiana, lo que justifica la procedencia de la solicitud.
Finalmente, la Sala decidió solicitar a la República Italiana la extradición activa de la ciudadana, comprometiéndose a garantizar sus derechos constitucionales y procesales durante el proceso judicial en Venezuela.
Extracto de la motiva
La ciudadana BRENDA MARÍA ALVIÁREZ PAREDES, Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, solicitó el inicio del trámite de la extradición activa de la ciudadana CLAUDIA ÁNGELA CAPELLETTO MOLINARI, con fundamento en lo siguiente: ‘Cursa por ante este Tribunal asunto penal signado bajo el N° OP01-P-2014-007475 seguido en contra de la imputada CLAUDIA ÁNGELA CAPELLETO MOLINARI por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO previsto y sancionado en el Código Penal; causa en la cual este Tribunal en fecha 20 de febrero de 2015 ordenó su Orden de Captura Nacional e Internacional. Por lo antes expuesto, esta representación Fiscal le notifica que la ciudadana CLAUDIA ÁNGELA CAPELLETTO MOLINARI fue aprehendida en fecha 22 de abril de 2015 en la localidad de Taremo Italia, tal como lo informó la Oficina Central Nacional INTERPOL Roma, tal como consta en la documentación que se anexa. Por lo antes expuesto, esta representación Fiscal solicita iniciar el procedimiento de la extradición activa y la remisión de las actuaciones a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia para que se pronuncie sobre la procedencia o no de la solicitud de Extradición de acuerdo a lo establecido en el artículo 383 del Código Orgánico Procesal Penal...’
Dispositiva
PRIMERO: Declara PROCEDENTE solicitar a la República Italiana la EXTRADICIÓN ACTIVA de la ciudadana CLAUDIA ÁNGELA CAPELLETTO MOLINARI, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad número 6.504.656. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante la República Italiana que la mencionada ciudadana será procesada por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto en el artículo 322 del Código Penal, con las debidas garantías constitucionales, procesal-penales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 19 (principio de no discriminación), 45 (prohibición a la desaparición forzada de personas), 49 (debido proceso), 46.1 (derecho a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes), y 272 (derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado). TERCERO: ORDENA remitir al Poder Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, copias certificadas de la presente decisión así como de las actuaciones que cursan en el expediente.
Palabras clave
extradiciónuso de documento falsoClaudia Ángela Capelletto Molinari