Sentencia N° 524 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de octubre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 524, Exp. A07-0400, 04/10/2007
ExpedienteA07-0400
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2007-10-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió una solicitud de avocamiento presentada por el abogado Joelkys Armando Adrián Moreno, defensor de los ciudadanos Osmil Manuel Sequera Weffer y Mauricio Rafael Weffer Oria, quienes enfrentan cargos por homicidio calificado y otros delitos. La Sala se declaró competente para conocer el caso, argumentando que la naturaleza de los alegatos está relacionada con un juicio penal y que existen irregularidades procesales que justifican la intervención del Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
La facultad del Tribunal Supremo de Justicia para solicitar y avocarse al conocimiento de una causa está contemplada en el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela y en los apartes décimo, undécimo, duodécimo y decimotercero del artículo 18 eiusdem, que disponen lo siguiente: ‘es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República: (…) 48. Solicitar de oficio, o a petición de parte, algún expediente que curse ante otro tribunal, y avocarse al conocimiento del asunto cuando lo estime conveniente…’. Se advierte que la naturaleza de los alegatos expuestos en la presente solicitud de avocamiento están relacionados con un juicio penal, por ello, la Sala de Casación Penal, se declara competente para conocer y decidir al respecto. Así se declara.
Dispositiva
ADMITE la presente solicitud y ACUERDA solicitar al Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, el expediente y todos los recaudos relacionados con la referida causa.