Sentencia N° 522 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 522, Exp. C11-256, 06/12/2011
ExpedienteC11-256
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-12-06
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Corte de Apelaciones del estado Vargas declaró SIN LUGAR el recurso de apelación contra la condena de Diego José Carvallo Moreno por homicidio calificado. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue examinado por la Sala de Casación Penal del TSJ. La Sala determinó que los recurrentes no cumplieron con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición del recurso, lo que llevó a desestimar el mismo por ser manifiestamente infundado.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al tratar el asunto referido a la fundamentación de los recursos de casación, ha indicado reiteradamente, que no basta sólo alegar la inconformidad con el fallo emitido por la alzada, la disposición legal infringida y el motivo de procedencia, sino que es necesario precisar, de qué modo se impugna la decisión y que el fundamento sea claro, como lo requiere el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal. Es criterio de la Sala, el siguiente: '…no basta sólo alegar la disposición legal infringida y el motivo de procedencia de la misma, ni señalar en forma vaga e imprecisa su inconformidad con el fallo que le es adverso, es necesario que el fundamento sea conciso y claro, expresando además de qué modo se impugna la decisión, tal como lo dispone el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, expresando claramente los fundamentos de hecho y de derecho de la denuncia, que a su juicio fueron violados por la recurrida…' (Sentencia Nº 523 del 4 de octubre de 2007).
Dispositiva
Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por los ciudadanos abogados Hugo Contreras y José Simón Cote, en representación del ciudadano Diego José Carvallo Moreno.
Palabras clave
recurso de casacióntutela judicial efectivaCódigo Orgánico Procesal Penalderechos procesalesformalidadesjusticia