Sentencia N° 52 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de febrero de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 052, Exp. C07-0473, 01/02/2008
ExpedienteC07-0473
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-02-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 1 de febrero de 2008, dictó sentencia en el recurso de casación interpuesto por los abogados Leopoldo Ustáriz y Pablo Marval, en representación de José Manuel Llamas Hernández, contra el fallo de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación por el sobreseimiento dictado a favor de Álvaro Augusto Anapaz. La Sala consideró que existían vicios en la motivación de la decisión de la Corte de Apelaciones, al no dictar una nueva decisión y limitarse a copiar argumentos de la instancia anterior, lo que violó el derecho a la doble instancia y a la defensa.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al analizar el recurso de casación, observó que la Corte de Apelaciones no realizó un análisis adecuado de los hechos y se limitó a reproducir la decisión anterior, lo que constituye un vicio de procedimiento. Se destacó que la falta de notificación a la parte querellante sobre la audiencia preliminar impidió su derecho a participar en el proceso, lo que llevó a la declaración de desistimiento de la querella. La Sala concluyó que los hechos denunciados sí revisten carácter penal y que el sobreseimiento dictado por el Tribunal Quinto no era procedente, por lo que se declaró con lugar el recurso de casación y se convocó a una audiencia pública.
Dispositiva
Se declara admisible el recurso de casación interpuesto por los abogados Leopoldo Ustáriz y Pablo Marval, en representación de José Manuel Llamas Hernández, y se convoca a una audiencia pública que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de quince (15) ni mayor de treinta (30) días.
Palabras clave
apropiación indebidacasación penalderecho a la defensadoble instancianotificaciónsobreseimientoaudiencia preliminar