Sentencia N° 52 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de marzo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 052, Exp. C05-0057, 31/03/2005
ExpedienteC05-0057
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-03-31
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado José Enrique Sanabria Rojas, quien fue condenado a dieciséis años de presidio por homicidio calificado. La Sala argumenta que la apelación no tenía relevancia suficiente para alterar la decisión del tribunal inferior, y que la interpretación de las circunstancias atenuantes es facultativa para el juez. Además, se revisa el fallo impugnado y se considera que se ajusta a derecho.
Extracto de la motiva
La disposición legal anteriormente transcrita y denunciada, conforme a lo sostenido por esta Sala, es de aplicación facultativa y, por consiguiente, el juez puede acoger o no la atenuante genérica allí contenida y aplicarla en cada situación en particular. Por consiguiente, la Sala encuentra procedente desestimar por manifiestamente infundado el recurso de casación propuesto, ya que el alegato expuesto en esta denuncia no tiene relevancia para alterar el dispositivo de la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. Y esto con apoyo en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. No obstante lo anterior, la Sala, en atención a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, procedió a revisar el fallo impugnado y considera que el mismo se encuentra ajustado a derecho.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado José Enrique Sanabria Rojas. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.