Sentencia N° 519 — Sala de Casación Penal del TSJ (2006)
TSJ/SCP, Sent. N° 519, Exp. E00-1033, 24/11/2006
ExpedienteE00-1033
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión—
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano libanés MOHAMED TAK TAK ALCALÁ, presentada por el Gobierno de Panamá. La Sala determinó que no podía resolver la solicitud debido a que el solicitado no se encontraba detenido en territorio venezolano, lo que impedía la realización de la audiencia pública necesaria para continuar con el procedimiento de extradición. Se destacó que, conforme a la normativa, es indispensable que el solicitado esté presente para que se pueda llevar a cabo el proceso de extradición.
Extracto de la motiva
La imposibilidad de determinar si el ciudadano solicitado en extradición se halla en territorio venezolano tal como lo exige el artículo 395 del Código Orgánico Procesal Penal y de que el mismo esté presente para la realización de la audiencia pública a que se refiere el artículo 399 “eiusdem”, hace que a la presente fecha la Sala esté impedida de resolver la solicitud de extradición del ciudadano de nacionalidad libanesa MOHAMED TAK TAK ALCALÁ. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, a la fecha está impedida de resolver la solicitud de extradición del ciudadano MOHAMED TAK TAK ALCALÁ, de nacionalidad libanesa, presentada por el gobierno de Panamá, por cuanto no se han cumplido las exigencias contenidas en el artículo 395 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.