Sentencia N° 518 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de abril de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 518, Exp. C23-66, 07/08/2025
ExpedienteC23-66
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-04-08
DecisiónNULIDAD DE OFICIO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de oficio de la audiencia preliminar celebrada el 31 de octubre de 2022, en la que se desestimó la acusación fiscal contra VICTOR GABRIEL SILVA NAVARRO. Se argumenta que el tribunal de primera instancia incurrió en vicios que afectaron el debido proceso, al valorar pruebas que corresponden a la fase de juicio y no a la fase preliminar. La decisión de nulidad se basa en la infracción de derechos y garantías constitucionales.

Extracto de la motiva

Ahora bien, esta Sala de Casación Penal de la revisión detallada de las actas que conforman la presente causa observó que: En fecha 31 de octubre de 2022, el Juzgado Cuadragésimo Segundo Estadal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, luego de oídas las partes en la celebración de la audiencia preliminar, declaró con lugar la excepción opuesta y decretó el sobreseimiento de la causa, conforme a los pronunciamientos siguientes: "…“PRIMERO: CON LUGAR la excepción opuesta por la defensa privada del ciudadano VICTOR GABRIEL SILVA NAVARRO (…) prevista en el artículo 28, numeral 4, letra “i” del Código Orgánico Procesal Penal, al considerar esta Juzgadora que la acusación fiscal resultó infundada, no lográndose vislumbrar al momento de efectuar el control formal de la acusación un pronóstico de condena en contra del supra mencionado ciudadano; en consecuencia, se declara INADMISIBLE el escrito de acusación presentado por los Abg. ARANTXA ALVEACA NUÑEZ y Abg. CARLOS JOSE VELÁSQUEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar respectivamente (…) SEGUNDO: Como consecuencia jurídica del pronunciamiento que antecede se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA (…) seguida en contra del ciudadano VICTOR GABRIEL SOLVA (sic) NAVARRO (…) por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO (…) y AGAVILLAMIENTO (…) TERCERO: Vista la acusación particular propia presentada por la Abg. Hildamar Fernández, Apoderada Judicial de los ciudadanos FELIX ANTONIO VEGA y EDUARDO ROBERTO CRUZ GARCIA, en su condición de denunciantes (…) esta Juzgadora considera que la misma fue presentada de manera extemporánea (…). (sic) (Folio 115 al 129 de la pieza 4-5 del expediente). En la misma fecha fue fundamentada con la siguiente dispositiva: "…“PRIMERO: Con fundamento en la Sentencia Vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 04 de diciembre de 2019, identificada con el N° 0487, Exp: 15-0577, bajo la ponencia del Magistrado Calixto Ortega Ríos, se Declara CON LUGAR la excepción opuesta por la defensa privada del ciudadano VICTOR GABRIEL SOLVA (sic) NAVARRO, (…) prevista en el artículo 28, numeral 4, letra “i” del Código Orgánico Procesal Penal, al considerar esta Juzgadora que la acusación fiscal en contra del supra mencionado ciudadano resultó infundada, no lográndose vislumbrar al momento de efectuar el control formal de la acusación un pronóstico de condena en contra del supra mencionado ciudadano; en consecuencia, se declara INADMISIBLE el escrito de acusación presentado por los Abg. ARANTXA ALVEACA NUÑEZ y Abg. CARLOS JOSE VELÁSQUEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar respectivamente (…) SEGUNDO: Como consecuencia jurídica del pronunciamiento que antecede se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA (…) seguida en contra del ciudadano VICTOR GABRIEL SOLVA (sic) NAVARRO (…) por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO (…) y AGAVILLAMIENTO (…) TERCERO: Vista la acusación particular propia presentada por la Abg. Hildamar Fernández, Apoderada Judicial de los ciudadanos FELIX ANTONIO VEGA y EDUARDO ROBERTO CRUZ GARCIA, en su condición de denunciantes (…) esta Juzgadora considera que la misma fue presentada de manera extemporánea (…). (sic) (Folio 115 al 129 de la pieza 4-5 del expediente).

Dispositiva

Decreta la NULIDAD DE OFICIO de la audiencia preliminar celebrada el 31 de octubre de 2022, oportunidad en la que el Tribunal Cuadragésimo Segundo Estadal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, desestimó la acusación fiscal de forma material y, en consecuencia, decretó el sobreseimiento de la causa seguida contra el ciudadano VICTOR GABRIEL SILVA NAVARRO.

Palabras clave

nulidadaudiencia preliminarcasación penal

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