Sentencia N° 518 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 518, Exp. C10-124, 06/12/2010
ExpedienteC10-124
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2010-12-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Juan Gregorio Manzanilla, quien había sido condenado a veinticinco años de prisión por el delito de secuestro. La Corte rectificó la pena a veintidós años de prisión. Posteriormente, la defensa propuso un recurso de casación, alegando violaciones al debido proceso y a la defensa, así como la incorrecta valoración de pruebas documentales no admitidas en el juicio.
Extracto de la motiva
El recurrente plantea en su única denuncia la infracción del artículo 216 del Código Orgánico Procesal Penal, alegando como fundamento de su denuncia que la Corte de Apelaciones ha debido anular la sentencia proferida por el tribunal de juicio por haber valorado éste unas pruebas documentales que no fueron ofrecidas en el escrito acusatorio ni admitidas en su oportunidad, todo lo cual constituye, en su concepto, la vulneración del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 8, 12, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Asimismo menciona haber alegado en apelación la “nulidad del acta policial de fecha 12-12-07 suscrita por los funcionarios de la base de contra inteligencia N° 204 de la Disip de San Felipe Estado Yaracuy, por cuanto violento el debido proceso en virtud de que el Ministerio público en su escrito acusatorio ofreció como prueba testimonial al funcionario JOSE MENDINGA, el cual no aparece como funcionario actuante lo que constituye una acción fraudulenta con la finalidad de soportar una actuación que esta viciada de nulidad absoluta… La Corte de Apelación al fundamentar su decisión incurrió en un excesivo formalismo para desestimar el recurso de apelación, pues la redacción de la apelación y la denuncia denotaba claramente el vicio que se pretendía denunciar por lo que la Corte de Apelaciones al declarar sin lugar la Apelación convalidó el referido vicio…
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA por manifiestamente infundado el recurso de casación propuesto por la defensora acusado JUAN GREGORIO MANZANILLA. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
casaciónsecuestrodebido procesoCorte de Apelaciones