Sentencia N° 518 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de noviembre de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 518, Exp. E00-0861, 24/11/2006
ExpedienteE00-0861
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2006-11-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano italiano FRANCESCO BAGARELLO, presentada por el Gobierno de Italia. La Sala determinó que no podía resolver la solicitud debido a que el requerido no se encontraba detenido en territorio venezolano, lo que impedía la realización de la audiencia pública necesaria para continuar con el procedimiento de extradición.

Extracto de la motiva

La imposibilidad de determinar si el ciudadano solicitado en extradición se halla en territorio venezolano tal como lo exige el artículo 395 del Código Orgánico Procesal Penal y de que el mismo esté presente para la realización de la audiencia pública a que se refiere el artículo 399 “eiusdem”, hace que a la presente fecha la Sala esté impedida de resolver la solicitud de extradición del ciudadano de nacionalidad italiana FRANCESCO BAGARELLO. Así se decide. No obstante lo anterior, podría plantearse la reapertura del procedimiento de extradición pasiva en caso de que se cumplieran las exigencias concurrentes previstas en el artículo 395 del Código Orgánico Procesal Penal, de presentación de la documentación judicial necesaria por parte del gobierno de la República de Italia y se encontrare el solicitado en territorio venezolano y que fuese aprehendido.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, a la fecha está impedida de resolver la solicitud de extradición del ciudadano FRANCESCO BAGARELLO, de nacionalidad italiana, presentada por el Gobierno de la República de Italia, por cuanto no se han cumplido las exigencias contenidas en el artículo 395 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

extradicionpenalhomicidiorobojusticiaprocedimientodocumentaciondetencion

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