Sentencia N° 518 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de diciembre de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 518, Exp. C03-0051, 13/12/2004
ExpedienteC03-0051
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-12-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Magistrada Blanca Rosa Mármol de León presenta la ponencia en un recurso de casación interpuesto por la abogada Luisa Amelia Carrizales en representación de Dan Sutch, contra una sentencia de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala de Casación Penal del TSJ, tras revisar el caso, determinó que los jueces de la Corte de Apelaciones se encontraban impedidos para decidir el recurso debido a que ya habían emitido opinión sobre el fondo del asunto, lo que constituye una violación a la imparcialidad judicial.

Extracto de la motiva

La Sala Penal, con el voto mayoritario de los Magistrados BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN y JULIO ELÍAS MAYAUDÓN anuló la sentencia de la Sala N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas porque consideró que los jueces de esa Corte de Apelaciones se “...encontraban impedidos de conocer y decidir el recurso de apelación...” interpuesto por la representante judicial de la víctima (y no de la defensa como erróneamente se indicó en el fallo que antecede). Ahora bien: considera quien aquí disiente que los ciudadanos jueces SAMER RICHANI SELMAN y VIOLETA GONZÁLEZ HORGANERO sí tenían “...competencia subjetiva...” para conocer el recurso de apelación. Esto porque en la oportunidad en que la Sala Penal anuló la decisión de esa instancia judicial y le ordenó conocer el recurso interpuesto por la víctima no había examinado el fondo del recurso. Por consiguiente la Sala no debió anular la sentencia dictada por la Sala N° 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas el 26 de diciembre de 2002.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso interpuesto por la parte acusadora; ANULA la sentencia de fecha 26 de diciembre de 2002 por la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, a los fines de que sea distribuido entre una de sus Salas, a los fines de que sea resuelto el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados del ciudadano DAN SUTCH.

Palabras clave

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