Sentencia N° 515 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 515, Exp. CC11-374, 06/12/2011
ExpedienteCC11-374
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2011-12-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados en el estado Zulia, en relación a un caso de violencia psicológica y sexual contra una adolescente y trato cruel hacia un niño. Se determinó que, dado el contexto de violencia de género, el conocimiento del caso corresponde a un tribunal especializado en delitos de violencia contra las mujeres. La Sala resolvió declarar competente al Juzgado Único de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

La Sala ha revisado el presente caso y observa que se trata de un conflicto de competencia entre dos tribunales de Primera Instancia, ambos de la jurisdicción penal de la misma Circunscripción Judicial, uno de ellos con competencia especial penal en Violencia de Género y el otro con competencia penal ordinaria, de manera que corresponde la resolución de dicho conflicto a esta Sala de Casación Penal, por ser el Superior Jerárquico común y en tal sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 84 eiusdem, pasa a dirimir dicho conflicto negativo de competencia para lo cual observa: En fecha 1° de Junio de 2010 la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, presentó acusación contra el ciudadano JUAN CARLOS ZAMBRANO por los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 39 en concordancia con el artículo 43 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; TRATO CRUEL Y USO DE NIÑO PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en los artículos 254 y 264 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en relación con los artículos 86 del Código Penal y 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de una adolescente de 13 años los primeros delitos mencionados y de un niño de 10 años los siguientes delitos referidos.

Dispositiva

PRIMERO: DECLARA COMPETENTE AL JUZGADO ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, para conocer la causa seguida al ciudadano JUAN CARLOS ZAMBRANO, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 258, 259 y 266 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio de la referida Circunscripción Judicial.

Palabras clave

violencia de géneroconflicto de competenciaviolencia psicológicaviolencia sexualniños y adolescentes

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