Sentencia N° 515 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de noviembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 515, Exp. C02-0258, 14/11/2002
ExpedienteC02-0258
PonenteRAFAEL PEREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-11-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado Lorenzo Rivas, condenándolo a doce años de presidio por homicidio intencional. Posteriormente, el abogado de la defensa propuso un recurso de casación, alegando la indebida aplicación de normas. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tras revisar el caso, desestimó el recurso por ser manifiestamente infundado, considerando que el fallo impugnado se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
Esta Sala, en anteriores oportunidades, ha sostenido que no es procedente formalizar el recurso de casación con base en el artículo 525, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal es decir, con fundamento en los artículos 330 y 331 del Código de Enjuiciamiento Criminal, por cuanto, aun cuando la causa se encontraba en curso para el momento de la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, las disposiciones transitorias sirvieron en su oportunidad, para darle aplicación al Código anterior, pero una vez que la Corte de Apelaciones conoce del caso, dentro del nuevo sistema procesal, debe aplicarse éste y no el Código de Enjuiciamiento Criminal derogado. Por consiguiente, esta Sala encuentra procedente desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado Lorenzo Rivas. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
homicidio intencionalrecurso de casaciondefensapenaCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal PenaljusticiaCorte de Apelaciones