Sentencia N° 512 — Sala de Casación Penal del TSJ, 14 de noviembre de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 512, Exp. CC02-0408, 14/11/2002
ExpedienteCC02-0408
PonenteRAFAEL PEREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-11-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
El ciudadano José Gregorio Golindano Aparicio solicitó indemnización por el tiempo que estuvo privado de libertad tras ser absuelto de homicidio intencional. El Juzgado Cuarto de Ejecución se declaró incompetente, remitiendo el caso a la Sala de Casación Penal. Esta Sala determinó que la Corte de Apelaciones es la competente para conocer de la indemnización, dado que fue la instancia que absolvió al ciudadano en el recurso de apelación. Finalmente, se ordenó la remisión de las actuaciones a la Corte de Apelaciones para que se pronuncie sobre la solicitud de indemnización.
Extracto de la motiva
Es de observar que las citadas disposiciones legales al referirse a la revisión de la sentencia condenatoria, lo hacen en relación al conocimiento que de dichos fallos puede tener la segunda instancia y no al recurso de revisión que puede intentarse contra una sentencia firme. En el presente caso, la sentencia condenatoria del Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, fue revisada, en virtud del recurso de apelación propuesto por la defensa, por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones, la cual, al declarar con lugar dicho recurso, absolvió al ciudadano José Gregorio Golindano Aparicio, del delito materia de la acusación fiscal. Ahora bien, considera la Sala que la competencia para conocer de la indemnización propuesta por el nombrado ciudadano corresponde a la citada Corte de Apelaciones, instancia que, al conocer en apelación del fallo condenatorio, absolvió al nombrado acusado del delito objeto de la acusación del Ministerio Público. Esta Sala de Casación Penal, ante el recurso de casación propuesto por la ciudadana Fiscal, se limitó a desestimarlo, no entrando, por consiguiente, a conocer del fondo del asunto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara competente a la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, para conocer de la solicitud de indemnización propuesta por el ciudadano José Gregorio Golindano Aparicio. Envíese copia certificada de la presente decisión al Juzgado Cuarto de Ejecución del referido Circuito Judicial Penal. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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