Sentencia N° 511 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 511, Exp. C25-422, 07/08/2025
ExpedienteC25-422
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por Reinaldo Antonio Histol Morillo, en su calidad de víctima, contra la decisión de la Sala Dos de la Corte de Apelaciones que confirmó la absolución de Edilia María Rosales Molina por los delitos de robo agravado y asociación para delinquir. La Sala concluye que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en cuanto a la fundamentación y la técnica recursiva, lo que lleva a su desestimación.
Extracto de la motiva
Cabe destacar que para que exista una correcta fundamentación del recurso, no basta con citar la disposición legal que se considera infringida, debe especificarse en qué términos fue violentada, en qué consistió su quebrantamiento, cómo la sentencia de la Corte de Apelaciones incurrió en el error señalado de manera precisa y clara, así como, la relevancia e influencia de dicho vicio en el dispositivo del fallo de alzada, aspectos que fueron omitidos en el presente recurso de casación incumpliendo con los supuestos establecidos en artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal. Los requerimientos, antes transcritos, se fundamentan en lo preceptuado en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece que el recurso de casación debe interponerse mediante escrito fundando, indicando en forma concisa y clara los preceptos legales que se consideren violados, expresando de qué modo se impugna la decisión, e indicando los motivos que lo hacen procedente. Por ende, en lo correspondiente a la fundamentación de una denuncia, en la cual se argumenta la violación de la ley por falta de aplicación, se debe especificar cómo las normas denunciadas no fueron aplicadas, todo ello mediante una argumentación que permita concluir de forma razonable que los artículos alegados debieron ser aplicado a la controversia, así como contrastar tales circunstancias con los preceptos legales empleados en el fallo recurrido. Por último, se debe resaltar la relevancia del vicio adjudicado a la sentencia recurrida, para así demostrar cómo la falta de aplicación denunciada, es capaz de influir en el dispositivo de la sentencia objeto del recurso de casación.
Dispositiva
Desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto el 23 de abril de 2025, por el ciudadano REINALDO ANTONIO HISTOL MORILLO, actuando en su condición de víctima, asistido por el abogado Edgar Gregorio Corrales González, en contra de la decisión del 28 de febrero de 2025, dictada por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas.
Palabras clave
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