Sentencia N° 51 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de febrero de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 051, Exp. C21-140, 23/02/2022
ExpedienteC21-140
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-02-23
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por los abogados de Karla Grisel Quintero Pacheco, quien fue condenada a trece años de prisión por los delitos de simulación de secuestro agravado y asociación para delinquir. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible el recurso de apelación por extemporáneo, lo que fue confirmado por la Sala de Casación. La decisión se fundamenta en la falta de técnica recursiva y en que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de casación interpuesto, el 2 de diciembre de 2020 y reproducido en fecha 10 de junio de 2021, por los abogados Carlos Antonio Cunemo y la abogada Adriana Puerta López, ambos inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 166.666 y 174.022, quienes representan a la acusada KARLA GRISEL QUINTERO PACHECO, identificada con la cédula de identidad número 17.790.377, contra la decisión emitida, el 23 de octubre de 2020, por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Aragua, que declaró INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por los abogados defensores privados de la referida acusada, y CONFIRMÓ la decisión dictada, el 8 de agosto de 2019, y publicada el 15 de agosto de 2019, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial del estado Aragua, en la que CONDENÓ a la mencionada acusada a cumplir la pena de trece (13) años de prisión por la comisión de los delitos SIMULACIÓN DE SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4 con relación al artículo 10 numerales 1 y 5, todos de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión y ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, configurándose el CONCURSO REAL, de delitos previsto y sancionado en artículo 86 del Código Penal.

Dispositiva

Desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto, el 2 de diciembre de 2020 y reproducido en fecha 10 de junio de 2021, por los abogados Carlos Antonio Cunemo y la abogada Adriana Puerta López, quienes representan a la acusada Karla Grisel Quintero Pacheco, contra la decisión emitida, el 23 de octubre de 2020, por la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Aragua.

Palabras clave

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