Sentencia N° 508 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de noviembre de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 508, Exp. CC06-0471, 24/11/2006
ExpedienteCC06-0471
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2006-11-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en relación a la causa seguida contra Miguel Otero Castillo por el delito de difamación agravada. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer de la causa es el Juzgado Décimo Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dado que los hechos que fundamentan la acusación se consumaron en Caracas, donde se publicó el contenido difamatorio en el diario El Nacional.

Extracto de la motiva

La competencia territorial de los tribunales se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado. En el caso bajo examen, los hechos que fundamentan la acusación privada presentada en dos jurisdicciones penales y por los mismos hechos en contra de los ciudadano Luis Ramón Duno y Miguel Otero Castillo y que a juicio del querellante constituye el delito de difamación agravada, es la publicación de unos artículos en un medio de circulación nacional, como lo es la sociedad mercantil C.A. Editora El Nacional. Este supuesto delito de difamación agravada, atenta contra la honorabilidad de las personas y se perfecciona, en este caso, con la publicidad de los escritos difamatorios. Ahora bien, la sociedad mercantil C.A. Editora El Nacional, según las actas procesales, está domiciliada en la ciudad de Caracas, por lo que se concluye en que la publicidad y distribución de los presuntos escritos difamatorios por el cual se acusó a los imputados, se produjo desde la sede de la mencionada empresa mercantil. Tal afirmación lleva a la Sala a concluir en que el tribunal competente para conocer de esta causa es el Juzgado Décimo Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE al Juzgado Décimo Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para conocer de la causa seguida al ciudadano Miguel Otero Castillo, por el delito de difamación agravada. Remítase el expediente Juzgado Décimo Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que conozca de la presente causa. Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

conflicto de competenciadifamación agravadajurisdiccióncompetencia territorialpublicaciónhonorabilidadC.A. Editora El Nacional

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