Sentencia N° 507 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 507, Exp. C25-404, 07/08/2025
ExpedienteC25-404
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el RECURSO DE CASACIÓN
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Jorge Nava Gouveia en representación de WILMILI ALEXIS GARCÍA CAMPEROS, quien había sido condenado a 23 años de prisión por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con los requisitos de fundamentación exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a la desestimación del recurso por falta de técnica recursiva.
Extracto de la motiva
motivación del fallo de alzada. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA. Que existe una falta manifiesta en la motivación de la sentencia, por cuanto el Juez de Juicio en la sentencia recurrida no expresa "LA EXPOSICIÓN CONCISA DE SUS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO", requisito establecido en el artículo 346 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable en el presente caso por remisión expresa del artículo 132 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Que el juez de la recurrida no hace un análisis lógico que permita establecer las circunstancias efectivas según refiere la jueza Aquo, lo cual no quedó establecido en la sentencia recurrida. Que incurre a criterio de esta defensa en un falso supuesto, el cual y de acuerdo a la doctrina, tiene como premisa el establecimiento por parte del juez o jueza, de un hecho positivo o concreto sin respaldo probatorio en virtud de los medios de pruebas ofrecidas por la representación del ministerio público se puede evidenciar que mi representado no tiene vinculación en lo que respecta a los delitos porque se le condena, bien sea por atribuir a un acta o documento del expediente, menciones que no contiene o por haber dado por demostrado un hecho con pruebas que no aparecen de autos. Que esta defensa se pregunta en el recurso de apelación, de qué mecanismos que guardó al momento de valorar las pruebas de acuerdo al artículo 22 de se valió el Juez Aquo para determinar y concluir que la ambigüedad o silencio Código Orgánico Procesal Penal, cuando resulta que en la presente causa las pruebas incorporadas carecen todas de veracidad y certeza. Que si bien es cierto el juez de la recurrida observa que existen los dos (2) antes señalados pruebas madres para fundamentar la acusación del ministerio público, no aplicó el denominado principio pro reo, es decir, lo que más beneficie al reo, según lo establecido en el artículo 24 de nuestra norma IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica
Dispositiva
DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por el abogado Jorge Nava Gouveia, en su condición de Defensor Privado del ciudadano WILMILI ALEXIS GARCÍA CAMPEROS, en contra de la decisión emitida, el 21 de marzo de 2025, por la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.