Sentencia N° 507 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de agosto de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 507, Exp. C04-0016, 08/08/2005
ExpedienteC04-0016
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-08-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala 1° de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los acusados Iván Alberto Maita Gutiérrez y Ángel Jesús Morillo Lobo, quienes fueron condenados a doce años de presidio por el delito de robo agravado. La defensa alegó violaciones de ley en la admisión de pruebas y en la motivación de la sentencia, pero la Corte consideró que no hubo irregularidades en el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala pasa a decidir: Consta del acta de debate (folio 143), que la declaración del ciudadano Nubio Romero (Jefe de Seguridad de la Universidad del Zulia), fue solicitada por el Ministerio Público durante la celebración del juicio oral y admitida por el Juez de Juicio, con ocasión del testimonio brindado en dicha oportunidad por la ciudadana Griselda Maria Bracho, quien manifestó que uno de los funcionarios policiales le había proferido una bofetada (folio 173 de la sentencia de juicio), hecho que no había sido planteado con anterioridad. Tal circunstancia surgida en el juicio, fue presenciada por la defensa, quien no se opuso a la comparecencia del ciudadano Nubio Romero, sino por el contrario hizo uso de la oportunidad para interrogar al testigo (folio 149). Supuesto vicio fue motivo del recurso de apelación y declarado sin lugar por la Corte de Apelaciones al considerar, que no habiendo sido reclamada en la oportunidad legal correspondiente, la solicitud y admisión de dicha prueba la misma quedó convalidada por la defensa, quien aceptó tácitamente la incorporación de la misma al juicio. Razón por la cual, la Sala, considera que no hubo violación de los artículos 194, 197 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, así como tampoco se evidencia la violación de derechos y garantías constitucionales denunciadas por el recurrente, pues la defensa en todo momento tuvo conocimiento y control sobre la prueba incorporada al juicio. Por consiguiente, la Sala declara sin lugar la presente denuncia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de casación propuesto por el defensor privado de los acusados Iván Alberto Maita Gutiérrez y Ángel Jesús Morillo Lobo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.
Palabras clave
robo agravadorecurso de apelacióncasación penalviolación de leyprueba ilegaldebido procesosentencia condenatoria