Sentencia N° 506 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de diciembre de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 506, Exp. A11-377, 06/12/2011
ExpedienteA11-377
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-12-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Gustavo José Mendoza Pacheco, defensor del ciudadano José Eugenio Aldazoro. La decisión se fundamenta en la falta de presentación de los recaudos necesarios para verificar los hechos y el tipo penal imputado, lo que impide a la Sala formarse un juicio cabal sobre la solicitud. Se destaca que el avocamiento es una medida excepcional que debe ser ejercida con prudencia y en casos de graves desordenes procesales o violaciones al ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal deja constancia que no consta (agregado al escrito de solicitud) los recaudos principales de la causa, motivo por el cual no puede verificarse con exactitud los hechos y el tipo penal imputado al ciudadano JOSÉ EUGENIO ALDAZORO. Debe añadirse, que el profesional del derecho GUSTAVO JOSÉ MENDOZA PACHECO, hizo una brevísima mención sobre los hechos, al expresar que '…El suceso que dio lugar a la presente causa penal acontece el 16 de noviembre de 2001, en el oeste de la ciudad de Barquisimeto, en la Estación de Servicio Bombas Unidas Texaco, ubicada en la Vía a Quibor, en un evento donde pierde la vida el ciudadano JOSÉ RAFAEL VELIZ y en el que se ve involucrado el trabajador (vigilante) de la Estación, ciudadano JOSÉ EUGENIO ALDAZORO…' pero sin especificar el delito imputado por el representante del Ministerio Público, así como el delito por el cual resultó finalmente condenado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el profesional del derecho GUSTAVO JOSÉ MENDOZA PACHECO, quien se identificó como Defensor Privado del ciudadano JOSÉ EUGENIO ALDAZORO, con motivo de la causa seguida en contra del citado ciudadano, por la presunta comisión de un delito que no aparece señalado en el escrito contentivo de tal solicitud.