Sentencia N° 505 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 505, Exp. C04-0309, 09/12/2004
ExpedienteC04-0309
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-12-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado CARLOS ARQUÍMEDES MARTÍNEZ JAVIER, quien fue condenado a 24 años de presidio por homicidio calificado. La defensa alegó error en la calificación del delito, argumentando que los hechos no encuadraban en el tipo penal correspondiente. Sin embargo, la Sala de Casación Penal del TSJ desestimó el recurso, señalando que la fundamentación presentada no cumplía con los requisitos legales y que no se habían indicado los hechos probados de manera precisa.
Extracto de la motiva
El recurso de casación, por su carácter de extraordinario requiere que los casos sometidos a su conocimiento sean correctamente planteados. En tal sentido, el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que el recurso de casación se interpondrá mediante escrito fundado, en el cual se indicaran los preceptos legales que se consideren infringidos por falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación, señalando los motivos que hacen procedentes, debiendo fundamentarlos separadamente si son varios. En el presente caso, el impugnante, además de no fundamentar su recurso en ninguna norma, no indica la disposición legal que considera infringida. Por otra parte, alega error de derecho en la calificación jurídica del delito, pero no trascribe los hechos dados por probados. Al respecto, ha sostenido esta Sala en reiterada jurisprudencia que cuando se denuncie error de derecho en la calificación del delito, es necesario que se señalen con toda precisión los hechos dados por probados por el juzgador de Juicio, a los efectos de que la Sala pueda constatar si esos hechos se corresponden o no con los elementos del tipo penal que se dice infringido y pueda entrar a considerar si la calificación jurídica dada fue la correcta.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado CARLOS ARQUÍMEDEZ MARTÍNEZ JAVIER. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónerror de derechocalificación del delitoCódigo PenalCódigo Orgánico Procesal Penaldefensasentencia