Sentencia N° 504 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de diciembre de 2012

TSJ/SCP, Sent. N° 504, Exp. A12-358, 12/12/2012
ExpedienteA12-358
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2012-12-12
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por HERMÁGORAS GONZÁLEZ POLANCO, argumentando que no se cumplieron los requisitos necesarios para su procedencia. Se señala que el solicitante no agotó los medios de impugnación ordinarios y que las denuncias planteadas pueden ser resueltas en el juicio oral en curso. La decisión se fundamenta en la falta de documentación necesaria para verificar la admisibilidad de la solicitud y en la continuidad del proceso penal en el que se encuentra el solicitante.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad, y una vez recibido resolver si asume directamente el conocimiento del caso o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Por ello, se han establecido formas y condiciones concurrentes para su admisibilidad, de acuerdo a las cuales éste sólo será admisible en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación jurídica infringida, ejercidos por los interesados. Se evidencia que el ciudadano HERMÁGORAS GONZÁLEZ POLANCO, asistido por el Abogado Juan Ernesto Garantón, fundamentó la solicitud de avocamiento alegando la violación al debido proceso, al principio del Juez natural, de la competencia territorial, privación ilegítima de su libertad y la inexistencia de un juez imparcial.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE LA SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano HERMÁGORAS GONZÁLEZ POLANCO, asistido por el Abogado Juan Ernesto Garantón. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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