Sentencia N° 503 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de agosto de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 503, Exp. C25-475, 07/08/2025
ExpedienteC25-475
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-08-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado Marco Aurelio Gómez Montilla en representación de los ciudadanos Ernol Antonio Barrios Pino y Eduardo Barrios Pino. El recurso fue presentado en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, que había declarado sin lugar un recurso de apelación anterior. La Sala argumenta que el recurso de casación no es procedente en este caso, ya que la decisión cuestionada no pone fin al proceso ni impide su continuación.

Extracto de la motiva

En este contexto, se concluye que el recurso de casación, solo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y en contra de aquellas decisiones explícitamente determinadas en la Ley. Asimismo, solo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, previa verificación de cada una de las exigencias anteriormente señaladas.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el “ANUNCIO DE RECURSO DE CASACIÓN” interpuesto por el abogado Marco Aurelio Gómez Montilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 71.995, actuando como defensor privado de los ciudadanos ERNOL ANTONIO BARRIOS PINO y EDUARDO BARRIOS PINO, en contra de la decisión dictada el 2 de mayo de 2025, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa.

Palabras clave

casacióninadmisiblerecursopenal

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